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Gestoría de Transportes
Realizamos todo tipo de gestiones relacionadas con la actividad de Transportes. De hecho, llevamos más de treinta años asistiendo a transportistas en sus gestiones, obteniendo sus Tarjetas de Transportes, renovándolas y solucionando las distintas incidencias que les han ido surgiendo a lo largo de estos años en un área tan especializada como es esta actividad.
Nuestras gestiones más comunes en el área de transportes son las siguientes:
- Renovación o visado de Tarjetas de Transportes.
- Obtención de Tarjetas de Transportes.
- Recursos.
- Gestión de multas.
Para el visado de las Tarjetas de Transporte hay que distinguir entre Servicio Público y Servicio Particular.
- Servicio Particular – es el transporte que se realiza con mercancías propias. Sólo es obligatorio obtener esta tarjeta para vehículos pesados, es decir, de más de 3.500 kgs. de MMA (Masa Máxima Autorizada). Las Tarjetas de Transporte de Servicio Particular se visan en los años impares (2011, 2013, 2015,...).
- Servicio Público – se refiere al transporte de mercancías ajenas, siendo obligatorio tener tarjeta de transportes en todos los vehículos que realicen este tipo de transporte, independientemente de su MMA. Las Tarjetas de Transporte de Servicio Público se visan los años pares (2012, 2014, ...).
Para el visado de la Tarjeta de Transportes de Servicio Público, que es la gestión más común que realizamos en Transportes, se necesita la siguiente documentación:
Para particulares:
- Fotocopia DNI, en vigor.
- Fotocopia carnet de conducir.
- Fotocopia Permiso de Circulación del vehículo.
- Fotocopia de la Ficha Técnica.
- Fotocopia de la Tarjeta de Transportes.
- Fotocopia del Título de Capacitación profesional o Certificado expedido por la Consejería de Transporte que lo sustituya. Si el título lo prestara otra persona:
- DNI en vigor de esta persona.
- Escritura de poderes del titular a esta persona.
- Justificar que esta persona se encuentra asalariada en el grupo de cotización 01, 02 ó 03 mediante certificado de Seguridad Social.
- Si el título lo aporta su cónyuge, padre o hijo será necesario Libro de Familia más certificado de estar al corriente de pago en el RETA.
- Justificante de capacidad económica (9.000 € para el primer vehículo, más 5.000 € por cada vehículo adicional de la flota), mediante una de estas opciones:
- Último recibo de contribución de la vivienda para acreditar capacidad económica.
- Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, si tiene.
- Certificado bancario cubriendo esta cantidad.
- Declaración del domicilio de la Actividad con la firma reconocida por el banco.
Para sociedades:
- Fotocopia CIF de la sociedad.
- Fotocopia escrituras de la sociedad.
- Fotocopia carnet de conducir por vehículo.
- Fotocopia Permiso de Circulación.
- Fotocopia de la Ficha Técnica.
- Fotocopia del Título de Capacitación profesional o Certificado expedido por la Consejería de Transporte que lo sustituya. Si la persona que aporta el título:
- TIENE MÁS DEL 15% DEL CAPITAL – Justificarlo con escritura de compra de acciones o por Impuesto de Sociedades.
- TIENE MENOS DEL 15% DEL CAPITAL – Impuesto de Sociedades que lo justifique y certificado de Seguridad Social de estar al corriente de pago en el RETA.
- SI NO ES SOCIO - Certificado de Seguridad Social que justifique que esta persona se encuentra asalariada en el grupo de cotización 01, 02 ó 03.
- Justificante de capacidad económica (9.000 € para el primer vehículo, más 5.000 € por cada vehículo adicional de la flota), mediante último Impuesto de Sociedades.
- Declaración del domicilio de la Actividad con la firma reconocida por el banco.